Las fotos de Facebook deberán quedarse en Facebook

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Las fotos de Facebook deberán quedarse en Facebook

Asumimos con naturalidad comportamientos y actuamos de una determinada forma sin pensar que, en el fondo, podemos estar cometiendo una ilegalidad.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece ahora como una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen publicar en un medio de comunicación fotografías de un particular extraídas de su perfil de Facebook, incluso cuando esa cuenta sea de acceso público. Únicamente cuando exista consentimiento expreso del afectado podrían utilizarse esas imágenes.

Según el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, «la finalidad de una cuenta abierta en una red social en Internet es la comunicación de su titular con terceros y la posibilidad de que esos terceros puedan tener acceso al contenido de esa cuenta e interactuar con su titular, pero no que pueda publicarse la imagen del mismo en un medio de comunicación».

Este fallo avala la denuncia presentada contra el periódico La Opinión de Zamora por un hombre cuyo rostro apareció en la portada del diario a raíz de un trágico suceso protagonizado por su hermano. La decisión deja claro que, pese a que no pueda hablarse de vulneración del derecho a la intimidad, publicar la fotografía sin el consentimiento del afectado choca contra el derecho a la propia imagen.

 

 

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