Qué es legal e ilegal en Internet, un 'im-perdible' sobre el uso gratuito de imágenes en un blog

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Qué es legal e ilegal en Internet, un 'im-perdible' sobre el uso gratuito de imágenes en un blog

Para que alguien evite cometer un delito, la primera condición es que sea consciente de que su acción es constitutiva de tal. ¿Una perogrullada? Pues sí, pero también el quid de la cuestión. Demasiado a menudo, en nuestro ejercicio profesional, los miembros de Culturatic nos encontramos con clientes o amigos que pronuncian frases que nos ponen los pelos de punta.

  • “Pero esa foto estaba en Internet. Y si está ahí, la puedo usar, ¿no?”; Claro, hombre. Y el libro de la biblioteca pública, fotocopiarlo enterito e, incluso, venderlo después. Y si me apuras, puedes transcribirlo y luego republicarlo firmándolo tú. Total, Cervantes ya está muerto. No te va a decir nada.
  • “¿Cómo que no cito la procedencia de la foto? Sí que lo digo: la he sacado de Google”. Ah, perdón. DE Google. No me había dado cuenta. Por cierto, ese periódico que ha publicado una foto de tu blog sin pedirte permiso y sin decir que es tuya, también la ha encontrado EN Google. Todo ok, pues, ¿no?
  • “Ya sé que es de agencia, pero a mí no me van a decir nada por usarla sin su permiso”… Efectivamente, por ser vos quien sois.
  • «Bueno, pero primero tienen que pillarme«. Perfecto. Cuando le cojan puede elegir entre «Oh, no digas que he sido yo», «Estaba así cuando llegué» y «Buena idea, jefe».

Como se puede ver, en algunos casos, se trata de una clara falta de cortesía (por ser eufemísticos): alguien es consciente de que no debe hacer algo, pero hace valer una posición de superioridad, sea cual sea. En otros muchos casos, el problema es más grave aún (o menos, según se mire): desconocimiento absoluto. Desconocimiento, hasta el punto de confundir un buscador con un repositorio de imágenes (“estaba en Google”).

Y, curiosamente, cuando el usuario intenta indagar sobre qué se puede y que no se puede hacer en Internet, a menudo halla abundante literatura en lo que se refiere a protección de los niños y problemas de los adolescentes. Pero no es tan fácil encontrar advertencias claras para todo el mundo, más allá del ruido mediático que producen, por picos, cuestiones como la aprobación de determinadas leyes. Al menos en este momento, recién pasado el ecuador del año 2013.

A medio camino entre el post al uso y los Im-perdibles, aquí os dejamos como complemento a lo dicho varios enlaces que te pueden sacar de dudas.

En su post ‘Cómo usar legalmente fotos en tu blog’, Ángel Benito explica muy bien cuestiones como el copyrigth, el copyleft o posibles fuentes de imágenes.

Del mismo autor, un post que se centra en el aspecto legal: ‘La protección jurídica de las imágenes que usas en un blog’ y que remite a un texto legal que establece una difusa frontera: “mera fotografía” y “obra fotográfica”. Ahí es nada.

En un post de 3Cero que abunda en fuentes de imágenes, ‘Dónde buscar imágenes para tu blog y evitar problemas legales’, José María Jiménez ofrece no solo útiles enlaces a repositorios, sino también claves de su uso.

Banco de Imágenes del Miniserio de Cultura

Por último, en Culturatic os recomendamos otros dos sitios de fotos. El primero es para uso exclusivamente educativo y que exige mención de autoría (funciona con Creative Commons), y no admite uso lucrativo. A cambio, ofrece fotos, gráficos, sonidos, vídeos… Puede sacar de un apuro para ilustrar, por ejemplo, una presentación de un proyecto o una conferencia. Se trata del banco de imágenes del Ministerio de Educación.

Otro útil espacio con posibilidad de encontrar imágenes tanto gratuitas como de pago (por supuesto, son mejores), es stock.xchng. Eso sí, las búsquedas funcionan en inglés y es altamente recomendable leer los avisos legales de cada foto por separado.

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